SAN LUIS POTOSÍ, SLP., a 19 de agosto de 2026.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aseguró una cría de tarántula mexicana patas sangradas (Aphonopelma bicoloratum) y diez ejemplares de cacto estrella (Astrophytum asterias) que fueron encontrados dentro de dos paquetes en una empresa de paquetería de San Luis Potosí.
De acuerdo con el comunicado difundido este miércoles, la empresa reportó vía telefónica los días 5 y 6 de agosto el hallazgo de paquetes que contenían ejemplares de flora y fauna silvestres.
Personal de la Profepa acudió al sitio para identificar los organismos y revisar las condiciones en las que se encontraban.
En uno de los paquetes, etiquetado como “estuches de maquillaje”, fueron localizados diez ejemplares de cacto estrella. La dependencia informó que las plantas presentaban malas condiciones físicas, con signos de deshidratación, ablandamiento y arrugamiento.
También tenían expuesto el sistema radicular, donde se observaron cortes y marcas de resequedad.
Una tarántula dentro de un paquete de “insumos”
El segundo envío estaba identificado como “insumos”, pero en su interior se encontraba una cría de tarántula mexicana patas sangradas.
Según la autoridad ambiental, el ejemplar presentaba condiciones físicas regulares, movimiento regular y poca reacción a los estímulos.
Al no acreditarse la legal procedencia tanto de la tarántula como de las cactáceas, Profepa determinó su aseguramiento precautorio e inició el procedimiento administrativo correspondiente.
Las personas cuyos datos aparecen en las guías de rastreo de los paquetes fueron emplazadas para comparecer dentro del procedimiento.
La cría de tarántula fue depositada en las instalaciones de un instituto en San Luis Potosí, mientras que los diez ejemplares de cacto estrella quedaron bajo resguardo de Profepa para que posteriormente se determine su destino.
La dependencia recordó que el cacto estrella se encuentra enlistado como especie en peligro de extinción en la NOM-059-SEMARNAT-2010 y también está incluido en el Apéndice I de la Convención Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (CITES).
Profepa señaló que la conducta relacionada con estos ejemplares se considera una infracción al artículo 122, fracción X, de la Ley General de Vida Silvestre.






















